Las noticias nos hacen espectadores de hechos insólitos. El uso de las redes sociales y sus consecuencias en el empleo han protagonizado uno de los sucesos más destacados de la prensa española: ‘el caso Inés Arrimadas’. En Seis60 Comunicación hemos querido analizar este acontecimiento. Aunque es muy conocido, el resumen de los hechos es el siguiente: Rosa María Miras, trabajadora en atención al cliente, fue despedida de forma fulminante de su puesto en Tinsa a raíz de un comentario ofensivo que publicó en su Facebook personal y que iba dirigido a la portavoz de Ciudadanos, Inés Arrimadas.

agencia, comunicación, Sevilla

La historia sucedió de forma muy rápida. Fue la propia Arrimadas quien colgó el mensaje de Miras en su Twitter. Ante la avalancha de críticas la autora borró todas sus cuentas, pero ya era tarde. Dos días después, Tinsa condenaba las palabras de Rosa María y anunciaba que esta había sido cesada.

El ‘caso Inés Arrimadas’ aborda una cuestión importante: ¿puede una empresa despedir a un empleado por el contenido de sus redes sociales? Es sabido que durante un proceso de selección los reclutadores visitan los perfiles digitales de los candidatos para obtener más información sobre ellos. Sin embargo, una vez dentro de la empresa surgen las dudas sobre si es procedente despedir al trabajador por las opiniones desafortunadas vertidas en su tiempo libre.

Es importante señalar algo: aunque las redes sociales permiten configurar el nivel de privacidad deseado, que en el caso de Rosa María Miras eran públicas, no hay que olvidar que todo lo que se sube a Internet puede acabar en el dominio ajeno. Ya sea por el intercambio de datos entre aplicaciones o por la constante actualización de las directrices de privacidad, los usuarios desconocen las repercusiones que tienen sus comentarios en Internet.

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Otro acontecimiento reciente relacionado con el uso de la mensajería privada en el trabajo fue resuelto la pasada semana por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En esta ocasión, el ingeniero rumano Bogdan Mihai Barbulescu fue despedido en 2007 por disponer de su correo corporativo para el envío de mensajes de índole personal. Tras un largo litigio, la sentencia alegó a su favor que el trabajador no había sido avisado de que sus empleadores podían vigilar sus comunicaciones. Esto ha sentado un precedente en las relaciones laborales de la era digital.

Por último, habría que destacar que estos errores también se dan en el sentido contrario:  candidatos o trabajadores humillados por las empresas han sacado a la luz estas comunicaciones, dañando gravemente la imagen de sus compañías. Algunos conocidos, como el de #becariopipiolin, o las respuestas que recibió por error Anna Jacobs al optar a un puesto, han hundido la reputación de estas entidades.

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